BOE-A-2025-13142

Boletín Oficial del Estado

Aplicación Provisional del Acuerdo Entre el Reino de España y las Naciones Unidas Relativo a la Organización de la Cuarta Conferencia Internacional sobre Financiación para el Desarrollo, Hecho en Nueva York el 10 de Junio de 2025.

Fecha de publicación

sábado, 28 de junio de 2025

Sección

I. Disposiciones Generales

Departamento

Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación

Epígrafe

Tratados Internacionales

Resumen

Aplicación provisional del Acuerdo entre España y las Naciones Unidas para la organización de la Cuarta Conferencia Internacional sobre Financiación para el Desarrollo (28 de junio de 2025)

Este acuerdo regula la celebración de la conferencia que tendrá lugar en Sevilla del 30 de junio al 3 de julio de 2025, en el Palacio de Congresos y Exposiciones (Fibes). Afecta principalmente a las instituciones españolas, Naciones Unidas, organismos internacionales, medios de comunicación, personal de la ONU y participantes en la conferencia.

El documento establece las responsabilidades de España en la provisión de locales, servicios, seguridad, transporte, alojamiento, asistencia médica y aspectos financieros, incluyendo la cobertura de gastos adicionales estimados en aproximadamente 3 millones de USD. También regula privilegios, inmunidades, visados, protección policial y solución de controversias, garantizando un entorno seguro y eficiente para la conferencia.

El acuerdo, firmado en Nueva York el 10 de junio de 2025, entra en vigor de manera provisional desde esa fecha y se mantendrá vigente durante la celebración y resolución de asuntos relacionados con la misma. La normativa afecta a abogados, funcionarios, asesores y empresarios involucrados en la organización, logística y aspectos jurídicos de la conferencia, así como a medios y observadores internacionales.

Este marco jurídico facilita la cooperación internacional y asegura la protección de los participantes, estableciendo un mecanismo de resolución de controversias mediante arbitraje. La colaboración se realiza en un contexto de respeto a los privilegios e inmunidades de las Naciones Unidas y las leyes españolas.