BOE-A-2025-12198
Boletín Oficial del Estado
Cuestión de Inconstitucionalidad N.º 1254-2025, en Relación con el Inciso Final «y el Interés Se Devengará Hasta el Momento en Que Se Haya Dictado la Nueva Liquidación» del Párrafo Segundo del Artículo 150.7 de la Ley 58/2003, de 17 de Diciembre, General Tributaria, por Posible Vulneración del Art. 24.1 Ce.
Fecha de publicación
martes, 17 de junio de 2025
Sección
I. Disposiciones Generales
Departamento
Tribunal Constitucional
Epígrafe
Cuestiones de Inconstitucionalidad
Resumen
Resolución del Tribunal Constitucional de 17 de junio de 2025
El Tribunal Constitucional ha admitido a trámite la cuestión de inconstitucionalidad nº 1254-2025, planteada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en relación con el inciso final del párrafo segundo del artículo 150.7 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria. La norma cuestionada establece que el interés de demora se devengará hasta la emisión de una nueva liquidación, lo que podría vulnerar el derecho fundamental a la tutela judicial efectiva (art. 24.1 CE).
Este pronunciamiento afecta a las partes en el procedimiento 1032-2023, quienes podrán personarse ante el Tribunal en un plazo de 15 días desde la publicación en el BOE. La resolución implica que el Tribunal analizará la constitucionalidad de dicho inciso, con posibles repercusiones en la interpretación y aplicación de la normativa tributaria, especialmente en materia de intereses de demora y procedimientos de liquidación.
La decisión, adoptada por providencia el 10 de junio de 2025, no tiene aún fecha de entrada en vigor, pero su resolución definitiva podrá afectar a la jurisprudencia tributaria y a la protección de derechos fundamentales en procedimientos administrativos y judiciales relacionados con la gestión tributaria.