BOE-A-2025-12032
Boletín Oficial del Estado
Resolución de 4 de junio de 2025, del Fondo Español de Garantía Agraria, O.A., por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 27 de mayo de 2025, por el que se aprueba la terminación del procedimiento de repercusión de responsabilidades por incumplimiento del Derecho de la Unión Europea iniciado a la Comunidad Foral de Navarra el 13 de enero de 2025.
Fecha de publicación
sábado, 14 de junio de 2025
Sección
III. Otras Disposiciones
Departamento
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
Epígrafe
Derecho de la Unión Europea
Resumen
Resolución de 4 de junio de 2025 del Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA)
Publicada en el BOE el 14 de junio de 2025, esta resolución aprueba la terminación del procedimiento de repercusión de responsabilidades por incumplimiento del Derecho de la Unión Europea en la Comunidad Foral de Navarra, iniciado el 13 de enero de 2025. La medida afecta directamente al Organismo Pagador de Navarra, responsable de la gestión y control de ayudas agrícolas, y se relaciona con una deuda de 32.375,84 euros, correspondiente a gastos no conformes con las normas comunitarias en el ámbito del FEAGA y Feader.
El acuerdo establece que la deuda será extinguida cuando Navarra efectúe el pago en la cuenta habilitada del Banco de España, incluyendo los intereses compensatorios generados desde el 5 de marzo de 2025, calculados al 3,25%. Si no se realiza el pago en dos meses desde la notificación, se aplicarán intereses de demora del 4,0625% diarios sobre el total adeudado. La resolución también detalla las causas de exclusión de financiación por deficiencias en controles relacionados con la gestión de derechos de pago y ayudas específicas, en línea con informes de la Comisión Europea.
El acuerdo, que entrará en vigor de inmediato, pone fin a un procedimiento iniciado por el FEGA en cumplimiento de la normativa europea y nacional, y será publicado en el BOE para su conocimiento y cumplimiento. La Comunidad Foral de Navarra deberá abonar la deuda y los intereses en el plazo establecido, bajo riesgo de recargos adicionales por demora.